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Este 1º de enero el mercado de exportación quedó liberado, a partir del vencimiento del Decreto 911/21 que no permitía comercializar al exterior el asado, falda, matambre, tapa de asado, nalga, paleta y vacío, los siete “cortes populares”.

La medida incluye la exportación de cortes bovinos frescos y de los denominados cortes “populares” frescos, enfriados o congelados. Esta habilitación se da luego de que en 2021 se puso la prohibición tras levantar el cierre de las exportaciones.

También queda sin efecto la diferenciación para la exportación de vacas de las categorías D y E y de toros. Hasta el momento no se aplicaban esas suspensiones.

El Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria (Senasa) actualizó los procedimientos y adecuó a las nuevas condiciones los servicios de inspección veterinaria y los sistemas informáticos, particularmente el de certificación de exportaciones. De esta manera se podrán exportar los siguientes cortes bovinos frescos, enfriados o congelados: reses enteras, medias reses, cuarto delantero con hueso, cuarto trasero con hueso, medias reses incompletas con hueso y cuartos delanteros incompletos con hueso.

Fuente: Agrofy News